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Fundación de Interés Privado en Panamá

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¿Qué es una Fundación de Interés Privado en Panamá?



Qué es una Fundación de Interés Privado - Vehículo legal panameño

Las Fundaciones de Interés Privado (FIP) en Panamá son vehículos legales versátiles y robustos, ideales para la planificación patrimonial, la protección de activos y la gestión sucesoria.

Protección Patrimonial





Creadas bajo la Ley No. 25 de 12 de junio de 1995, las FIP combinan características de un fideicomiso y una sociedad, ofreciendo una estructura única y altamente confidencial.


[ Gestión Sucesoria ]



FIP - Fundación de Interés Privado en Panamá para protección de activos


[ Fundación de Interés Privado ]

Una Fundación de Interés Privado es una persona jurídica que se constituye cuando una o más personas (denominadas Fundador/es) transfieren bienes o activos a un patrimonio separado.

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Confidencialidad garantizada en fundaciones de interés privado panameñas

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Características claves de las FIP Panameñas​

1


Patrimonio Separado

Los bienes transferidos a la fundación constituyen un patrimonio independiente, separado del patrimonio del fundador, ofreciendo una sólida protección contra reclamos de terceros.

2


No Lucrativa por Objeto Principal

Las FIP no persiguen fines de lucro directamente; sin embargo, pueden realizar actos de comercio de manera no habitual o actuar como holding de acciones para cumplir sus objetivos.

3


Confidencialidad

La Ley de Fundaciones de Interés Privado de Panamá garantiza un alto grado de confidencialidad y privacidad, especialmente a través del Reglamento de la Fundación, un documento privado que no se inscribe en el Registro Público y que contiene los detalles sensibles (como la designación de beneficiarios y las condiciones de distribución).

4


Flexibilidad

Permite al fundador establecer reglas claras y detalladas para la administración y distribución de los activos, adaptándose a diversas necesidades de planificación.

5


Personalidad Jurídica

Adquiere personalidad jurídica con su inscripción en el Registro Público de Panamá.

Característica 1 FIP Panamá: Patrimonio separado y protegido legalmente

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Beneficios de constituir una FIP en Panamá

Ventaja FIP: Protección patrimonial contra embargos y acreedores en Panamá

Protección Patrimonial

Separa los bienes del patrimonio personal del fundador, protegiéndolos de riesgos comerciales, demandas y situaciones personales adversas (como divorcios).

Ventaja FIP: Planificación sucesoria sin proceso de juicio en Panamá

Planificación Sucesoria sin Juicio

Facilita el traspaso de bienes a los beneficiarios de manera ágil y discreta, evitando complejos y costosos procesos sucesorios judiciales.

Ventaja FIP: Confidencialidad y anonimato de beneficiarios garantizado

Confidencialidad y Anonimato

El nombre del fundador y los beneficiarios pueden mantenerse en privado mediante el uso de fundadores y beneficiarios nominales, y a través del Reglamento privado.

Característica 4 FIP Panamá: Flexibilidad en estructura y gestión

Flexibilidad Fiscal

Las FIP están exentas de impuestos en Panamá sobre los bienes y activos ubicados fuera del territorio panameño o que provengan de fuentes extranjeras. (Es crucial consultar con un especialista fiscal en el país de residencia para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias locales).

Ventaja FIP: Costo competitivo para crear fundación en Panamá

Costo Competitivo y Razonamiento Favorable

Comparado con estructuras similares en otras jurisdicciones, la constitución y el mantenimiento anual de una FIP en Panamá son competitivos.

Ventaja FIP: Rapidez en constitución de fundación de interés privado

Rapidez en Constitución

El proceso de constitución es relativamente rápido, generalmente entre 3 y 4 días hábiles una vez presentados los documentos.

Ventaja FIP: Sin requisito de capital mínimo autorizado en Panamá

Sin Requisito de Capital Autorizado Mínimo 

No es obligatorio depositar un capital mínimo para la constitución.



Asesor legal experto en fundaciones de interés privado Panamá - CORPUS GLOBAL

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CORPUS GLOBAL: Experiencia local en derecho societario panameño

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